
Sofoles y sofomes no pagarán IDE
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Sofoles y sofomes, el segundo sector
financiero más grande del mercado
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Se canalizarán dudas y consultas a través de
Contacto:
Enrique Tirado
Comunicación
Financiera
55-74-01-46 /
10-19
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Información de prensa.
México, D. F., 01 de julio de 2008.
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os depósitos que efectúen las sociedades financieras de objeto limitado y múltiple (sofoles y sofomes), arrendadoras y empresas de factoraje, en las cuentas concentradoras que tienen contratadas con la banca, no serán gravados por el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
La determinación obedece a que
estos intermediarios no captan ahorro o inversión del público, sino que en
realidad recuperan recursos colocados en créditos o en contratos de
arrendamiento y factoraje.
Igualmente, el pago de los créditos no está sujeto al pago del IDE, es decir los clientes de la banca, las sofoles y sofomes, arrendadoras y empresas de factoraje, podrán cubrir sus pagos mensuales en efectivo, hasta por el monto de su crédito, y sin pagar el nuevo impuesto.
Lo anterior se dio a conocer durante una conferencia sobre el IDE , ofrecida por la Asociación Mexicana de Entidades Financieras Especializadas (AMFE), con el apoyo del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Ante más de 120 representantes de
sofoles y sofomes, y otras empresas financieras especializadas, se informó que
la decisión se fundamenta en
Se enfatizó que este impuesto será recaudado por bancos, afores, uniones de crédito, sociedades financieras populares e intermediarios bursátiles, entre otras instituciones financieras, pero no por las sofoles y sofomes.
A partir de julio, se aplicará a los depósitos en efectivo en cuentas de cheques o de inversiones, en moneda nacional o extranjera, que excedan de 25 mil pesos mensuales o por la adquisición de cheques de caja por cualquier monto.
Se indicó que el espíritu del IDE
es combatir la evasión fiscal, por lo que su objetivo es que los contribuyentes
declaren correctamente sus ingresos y deducciones. Incluso podrá ser acreditado
contra el Impuesto Sobre
Se convocó a las entidades financieras especializadas a canalizar todas
sus dudas y solicitudes a través de
Se indicó, por otra parte, que
estas instituciones sí tendrán la obligación de llevar un registro a solicitud
de la autoridad de los depósitos en efectivo que reciban, de acuerdo a la
fracción VI del Art. 4 del
Los representantes de