Fitch Ratings asigna calificación de F1+(mex) a una
emisión de Certificados Bursátiles sobre los Derechos de Cobro cedidos por la
Comisión Federal de Electricidad a un Fideicomiso Irrevocable
Monterrey, N.L. (Abril 23, 2003).
Fitch Ratings asigna una calificación de ‘F1+(mex)’ a una emisión de
Certificados Bursátiles de un Fideicomiso Irrevocable por un monto de hasta
$2,200,000,000.00 (Dos mil millones de pesos 00/100) que tiene como fuente de
pago los Derechos de Cobro cedidos por la Comisión Federal de Electricidad.
El significado de la calificación es el siguiente:
|
F1+(mex) |
Alta
calidad crediticia. Indica la más sólida capacidad de pago oportuno
de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones
domésticas. Bajo la escala de calificaciones domésticas de Fitch México, esta
categoría se asigna a la mejor calidad crediticia respecto de todo otro
riesgo en el país, y normalmente se asigna a los compromisos financieros
emitidos o garantizados por el gobierno federal. Cuando las características
de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo “+” a
la categoría. |
La Comisión Federal de
Electricidad (CFE) celebra Contratos de Suministro con los Usuarios de Alta y
Media Tensión de energía eléctrica en donde se documenta el suministro y la
obligación de pago de dichos Usuarios. Esta obligación de pago se determina
mensualmente por la CFE mediante la expedición y entrega de Recibos. Con el
propósito de anticipar los flujos provenientes de la Cobranza de los Recibos u
obligaciones de pago, la CFE cede los Derechos de Cobro a un Fideicomiso Emisor
constituido en Nacional Financiera Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca
de Desarrollo (NAFINSA).
El fin de este Fideicomiso será
el de adquirir los Derechos de Cobro y con base en este patrimonio, emitir un
Certificado Bursátil que será colocado entre el gran público inversionista. El
Fiduciario (NAFINSA), con el producto de esta colocación podrá
pagar a la CFE los Derechos de Cobro cedidos para constituir el patrimonio y
llevar a cabo inversiones permitidas; finalmente, deberá hacer frente al pago
de los Certificados Bursátiles emitidos en su fecha de vencimiento. Es
importante señalar que dada la naturaleza de los Derechos de Cobro (número,
monto, amortización y dispersión geográfica) que son cedidos al Fideicomiso, la
CFE deberá administrar y realizar la cobranza de éstos.
Las principales características
de la emisión son las siguientes:
|
Fideicomitente |
ING
(México), S.A. de C.V., Casa de Bolsa, ING Grupo Financiero |
|
|
|
|
Fiduciario |
Nacional Financiera Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo |
|
|
|
|
Cedente |
Comisión Federal de Electricidad |
|
|
|
|
Fuente de Pago |
Los Derechos de Cobro que serán cedidos
al Fideicomiso y fueron generados como contraprestación del suministro de
energía eléctrica de alta y media tensión, en una proporción de 1.088 veces
el monto de la emisión. |
|
|
|
|
Monto |
$2,200’000,000.00 (Dos mil doscientos millones de pesos 00/100
M.N.) |
|
|
|
|
Plazo |
279 (doscientos setenta y nueve) días |
|
|
|
|
Pago de intereses |
Cada 28 (veintiocho) días |
|
|
|
|
Amortización de capital |
Se amortizará la totalidad del monto de
la emisión en su fecha de vencimiento |
|
|
|
|
Reserva para el pago de intereses |
Equivalente a un período de 28 días y
conformado con los recursos producto de la cobranza de los Derechos de Cobro |
|
|
|
|
Margen prudente de seguridad |
1.088 a 1.000 en Derechos de Cobro |
Los aspectos que fundamentan la
Calificación otorgada son las siguientes:
-
Sólo se incluyen tarifas de Alta y Media tensión.
-
Se excluyen los servicios que se pagan a través del
sistema de compensación de adeudos, como lo son los de las empresas
paraestatales y los de las entidades federativas y municipios mexicanos.
-
Se excluyen aquellas cuentas que se encuentran en
acuerdos de pago con CFE.
-
Los usuarios deberán tener al menos dos años de
antigüedad.
-
Los usuarios no habrán sido sujetos de corte por
falta de pago.
-
Los importes corresponderán solamente al servicio,
por lo que no incluye el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA).
-
Con el propósito de conservar el margen prudente de
seguridad o Aforo en todo momento durante la vida de la emisión, se utiliza un
procedimiento para determinar el precio de la cartera en cada Cesión.
-
Cada cesión de Derechos de Cobro deberá realizarse
por medio de un nuevo Contrato de Cesión en Escritura Pública.
-
Así mismo, deberá notificarse a los Usuarios de
dicha cesión conforme a lo establecido en la ley.
-
Dada la dificultad que otra entidad o persona
física distinta a la CFE tendría para administrar y realizar la cobranza de los
derechos de cobro, así como para llevar a cabo la notificación correspondiente
a los usuarios, el Fideicomiso contrata a la CFE para llevar a cabo dichas
actividades.
-
Adicionalmente, se incorporará una cláusula en la
que se establezca expresamente una pena convencional para el caso de que el
Fiduciario requiera a la CFE la entrega de todos, algún o algunos de los
recibos que documenten los Derechos al Cobro con su respectivo Contrato de
Suministro, y ésta no la realice en un plazo de 7 días hábiles.
Contactos Fitch Ratings:
Eugenio López Garza Adrián
Garza Patiño
eugenio.lopez@fitchmexico.com
adrian.garza@fitchmexico.com
(81) 8335-71-79 (81)
8335-71-79