Fitch Ratings asigna la calificación
AAA(mex) al programa de certificados bursátiles de los ingresos de peaje de la vía
atlixcáyotl operada por carreteras de cuota puebla.
Monterrey,
N.L. (Junio
3, 2004) Fitch México S.A. de C.V. asignó la calificación preliminar AAA(mex) (Triple A) al programa de
Certificados Bursátiles que consiste en la bursatilización de los ingresos de
peaje de la Vía Atlixcáyotl operada por Carreteras de Cuota Puebla. La
calificación se define en los siguientes términos:
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AAA(mex) |
La más alta calidad crediticia. Representa la máxima calificación
asignada por Fitch México en su escala de calificaciones domésticas. Esta
calificación se asigna a la mejor calidad crediticia respecto de otros
emisores o emisiones del país y normalmente corresponde a las obligaciones
financieras emitidas o garantizadas por el gobierno federal. |
El Programa de Certificados
Bursátiles calificado es por un monto de hasta $520,000,000.00 (Quinientos Veinte
Millones de Pesos 00/100 M.N.) y plazo de hasta 15 (quince) años, en el cual
Nacional Financiera S.N.C. será el Fiduciario del Fideicomiso Emisor y
Carreteras de Cuota Puebla (CCP) será el
Fideicomitente y consiste en la bursatilización de los flujos de efectivo
generados del cobro de las cuotas de peaje del tramo carretero entre las
Ciudades de Puebla y Atlixco, en el Estado de Puebla con una longitud de 18
(diez y ocho) kilómetros (Km.).
La fuente
primaria de repago de este Programa de Certificados Bursátiles, serán los
flujos de efectivo resultado del cobro de las cuotas de peaje de dicho tramo
carretero.
La emisión adicionalmente cuenta con
un Apoyo Crediticio Adicional Parcial que otorga BANOBRAS, S.N.C. al Fideicomiso, por el 53% del monto emitido en
Unidades de Inversión (UDI’s) a través de una línea de crédito contingente,
irrevocable e incondicional. Este Apoyo Crediticio Adicional Parcial hará
frente, hasta donde alcance, a cualquier insuficiencia de recursos para cubrir
el pago al inversionista al vencimiento de cada cupón, si los recursos de los
Fondos de Servicio de Deuda, de Reserva y el Preventivo no fueran suficientes
para dicho efecto.
En caso de que esta línea de crédito
sea utilizada y los recursos generados por la carretera no sean suficientes
para cubrir sus compromisos con BANOBRAS,
S.N.C., los intereses que ésta línea de crédito genere serán capitalizados.
El pago de la línea de crédito estará subordinada al Servicio de Deuda de los
Tenedores.
El desarrollo inmobiliario comercial
y residencial sobre el principio de la vía en la Ciudad de Puebla, así como de
zonas residenciales en las afueras de la Ciudad de Atlixco, contribuyen al
crecimiento en el aforo de la autopista.
La Vía Atlixcáyotl funciona como uno
de los principales accesos al Desarrollo Comercial Angelópolis, que a la fecha
cuenta con un crecimiento muy importante.
El aforo vehicular presenta una Tasa
Media Anual de Crecimiento (TMAC) del 10.8% entre 1991 y el 2003 mientras que,
entre los años 2002 y 2003 presenta un crecimiento del 15.2% en el aforo
vehicular.
El aforo vehicular en el 2003
muestra que 69% del tráfico se lleva a cabo entre semana, es decir de lunes a
viernes, mientras que el fin de semana representa el 31% del mismo.
El análisis particular del aforo por
tipo de vehículo a partir de 1991 y hasta el 2003 muestra que el 92.7% del
tráfico corresponde al tipo de vehículo “Automóvil”, el 6.2% corresponde al
tipo de vehículo “Autobuses” y el 1.2% al de “Camiones”.
El comportamiento de los ingresos
anuales en términos reales a precios de Abril del año en curso muestran una
tasa media anual de crecimiento (TMAC) para los últimos 7 (siete) años del
13.6% esto como resultado de los incrementos en el tráfico vehicular que este tramo
carretero ha mantenido a partir de 1995.
Los recursos que se obtengan de la
emisión de este Programa de Certificados Bursátiles, se destinarán a la
construcción, mantenimiento y operación de carreteras de cuota a cargo de dicho
Organismo Público en el Estado de Puebla.
De los recursos que se obtengan de la
emisión, el fiduciario segregará la cantidad correspondiente a los gastos por
concepto de Operación y Mantenimiento Menor de los próximos 12 (doce) meses,
con lo cual se constituirá el saldo inicial del Fondo de Operación y
Mantenimiento Menor. El saldo deberá mantener en todo momento recursos
equivalentes a las necesidades de operación y mantenimiento menor de los
próximos 12 (doce) meses.
De igual forma, el Fiduciario
reservará y depositará, cantidad correspondiente a los gastos por concepto de
Mantenimiento Mayor de los próximos 12 (doce) meses, la cual constituirá el
saldo inicial del fondo de Mantenimiento Mayor. El saldo deberá mantener en
todo momento recursos equivalentes a las necesidades de operación y
mantenimiento menor de los próximos 12 (doce) meses.
El Fondo de Reserva se creará con un
5% (cinco por ciento) del monto bruto de cada emisión al amparo del Programa,
el cual constituirá el saldo inicial objetivo de este Fondo, que deberá mantener
recursos por lo que sea mayor de entre:
(i)
el saldo inicial objetivo, en términos reales, tomando
como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor, y
(ii)
el requerimiento de recursos para los dos siguientes pagos
semestrales de intereses y amortizaciones de capital y tomando como referencia
el Índice Nacional de Precios al Consumidor, durante la vigencia del Programa
de Emisión.
En nuestra
opinión, la estructura propuesta para la emisión le permite hacer frente a los
compromisos con el público inversionista, adicionalmente, los recursos de la
propia emisión que segregará el fiduciario en el Fondo de Servicio de Deuda que
garantiza el pago de dos semestres (capital + intereses) del servicio de deuda
y la garantía parcial del 53% del monto emitido en UDI’s por parte de BANOBRAS, S.N.C. hace de ésta, una
emisión de la más alta calidad crediticia ya que en la segunda mitad de su
ciclo de vida, la garantía cubriría el saldo de la misma en su totalidad.
La calificación
preliminar se fundamenta en la estructura del
Fideicomiso Emisor, en los fondos que forman parte del Patrimonio
Fideicomitido, así como en la evolución histórica de los aforos vehiculares e
ingresos en términos reales.
Esta calificación preliminar se encuentra condicionada o limitada
a obtener la opinión legal favorable por parte de nuestros abogados respecto de
la documentación jurídica de la transacción
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