Fitch Ratings califica “AAA(mex)” una emisión de Certificados Bursátiles Adicionales referentes a una estructura de
derechos de crédito de CFE
Monterrey,
N.L. (Marzo 4, 2004) Fitch Ratings
otorgó una calificación “AAA(mex)” a una
emisión de Certificados Bursátiles
Adicionales, por un monto de $665,000,000.00 (Seiscientos Sesenta y Cinco
Millones de Pesos 00/100 M.N.), de Bank Boston S.A., Institución de Banca Múltiple,
División Fiduciaria referente a un mecanismo de financiamiento estructurado
que prevé la bursatilización de derechos de crédito a cargo de la CFE, mediante
la cesión al fideicomiso de los derechos y obligaciones derivados tanto del
Contrato de Crédito como de los Pagarés que documenten las disposiciones que la
CFE haga del Crédito otorgado a la COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD por ING Bank (México), S.A. , Institución de Banca Múltiple, ING
Grupo Financiero.
Con la
presente emisión de Certificados Adicionales, el monto total de la emisión bajo
la clave de pizarra CFECB 03, considerando las efectuada el 6 de octubre de
2003, el 7 de noviembre del 2003 y el 11 de diciembre de 2003, asciende a
$6,665,000,000.00 (Seis Mil Seiscientos Sesenta y Cinco Millones de Pesos,
00/100, M.N.), ratificándose la calificación ‘AAA(mex)’ para este monto total.
El significado
de la calificación asignada es el siguiente:
|
AAA(mex) |
La más
alta calidad crediticia.
Representa la máxima calificación asignada por Fitch México en su escala de
calificaciones domésticas. Esta calificación se asigna a la mejor calidad
crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país y normalmente
corresponde a las obligaciones financieras emitidas o garantizadas por el
gobierno federal. |
CFE es la segunda compañía mas grande en
México en términos de activos al 31 de Diciembre de 2003 después de PEMEX y
cuenta con una capacidad de generación
al 30 de Septiembre de 2003 de
43,727MW, distribuidos en 168 plantas; hidroeléctricas y termoeléctricas principalmente.
Se ubica dentro de las primeras 10 compañías de electricidad mas grandes a
nivel mundial en términos de ventas expresados en GWh,
las cuales ascendieron a 173,618 GWh durante el año
2003.
Comisión Federal de Electricidad en un Organismo Público
Descentralizado del Gobierno Federal de carácter técnico, industrial y comercial
con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por Decreto del Congreso
de la Unión de fecha 14 de agosto de 1937. De conformidad con los
artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y los artículos 1 y 7 de la LSPEE, el Gobierno Mexicano mantiene la
facultad exclusiva de generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer de
energía eléctrica y con ciertas excepciones limitadas esta facultad ha sido
delegada a la CFE y en un segundo término a la LFC, la cual no es parte de la
CFE. Con las reformas a la LSPEE realizadas en 1992, se
permitió al sector privado a invertir en la generación de electricidad mediante
las figuras de: generador de energía eléctrica independiente,
autoabastecimiento y cogeneración. Sin embargo, la ley reserva el derecho de
conducción y distribución exclusivamente a la CFE y LFC.
Descripción de la estructura de la transacción:
FIDEICOMITENTE: ING
(México), S.A. de C.V. Casa de Bolsa, ING Grupo Financiero.
FIDUCIARIO:
Bank Boston, S.A.,
Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria.
FIDEICOMISARIOS EN PRIMER LUGAR:
Cada uno de los Tenedores Preferentes de cada
Emisión, todos ellos representados por el Representante Común.
FIDEICOMISARIOS EN SEGUNDO LUGAR:
Respecto de cada Emisión, la CFE y/o cualquier
persona que en cualquier momento sea legítima propietaria de uno o más
Certificados Subordinados.
CEDENTE:
ING Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, ING
Grupo Financiero [ING Bank (México)]
·
El fideicomitente, ING (México), S.A. de C.V. Casa
de Bolsa, ING Grupo Financiero constituye un
fideicomiso con Bank Boston, S.A.,
Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria
como fiduciario, el cual es usado como vehículo
para la bursatilización de derechos de crédito a cargo de la CFE.
·
El cedente ING Bank
(México) en su carácter de acreditante y la CFE en su
carácter de acreditado firman un contrato de crédito sujeto a la condición de
que se cumplan todos los requisitos previos
a la disposición del crédito conforme a las condiciones pactadas en el
contrato de crédito.
·
El fideicomiso de Bank Boston emite Certificados Bursátiles al amparo de este
programa y con el efectivo lleva a cabo inversiones permitidas, las cuales
pueden ser :1) instrumentos denominados en pesos emitidos o garantizados por el
Gobierno Federal o 2) La adquisición de Derechos de Crédito derivados del
contrato de Crédito entre la cedente, ING Bank (México) y CFE.
·
Los Derechos de Crédito
que sean cedidos por ING Bank (México) en cada
ocasión para respaldar cada una de las emisiones serán iguales a los recursos
que la CFE requiera para cada desembolso
de los pagos que esta deba hacer bajo el programa de Obra Pública Financiada.
·
Dicha estructura prevé la
contratación de ING
Bank (México),
como Agente para que lleve a cabo la
administración y cumplimiento de los términos de los Derechos de Crédito.
·
Así mismo mediante el
Contrato de Indemnización, la CFE se obliga a indemnizar al Fideicomiso de
todos los gastos inherentes a la estructura del financiamiento que no sean
absorbidos por el Patrimonio del Fideicomiso.
·
A cada emisión pueden
corresponder una o varias cesiones de Derechos de Crédito, que formarán en
conjunto el Fondo Común de Cada Emisión.
·
La cesión, transmisión,
en propiedad y entrega al fiduciario de los Derechos de Crédito se perfecciona
: 1) respecto del contrato de Crédito, entre el Cedente [ING Bank
(México)] y el Fiduciario (Bank
Boston) de uno o mas contratos de Cesión y 2) respecto a los pagarés, mediante
endoso en propiedad de los mismos por parte del Cedente [ING Bank
(México)] al Fideicomiso (Bank
Boston).

Los aspectos que
fundamentan la calificación se detallan a continuación:
·
La adecuada estructura legal de la transacción, la
cual incluye la cesión al fideicomiso de los derechos y obligaciones derivados
tanto del Contrato de Crédito como de los Pagarés que documenten las
disposiciones que la CFE haga del Crédito otorgado a ella por ING Bank
(México),
en donde CFE y el fideicomiso tienen firmado un contrato de indemnización.
·
La capacidad el Fidecomiso para pagar los certificados depende
totalmente del cumplimiento por parte de la CFE de sus obligaciones de pago
bajo los Derechos de Crédito cedidos al propio Fondo común del propio Fideicomiso
relativo a cada Emisión.
·
De
acuerdo a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Mexicana, la generación,
transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo la energía nuclear,
son consideradas áreas estratégicas, reservadas de manera exclusiva para la
nación mexicana. De acuerdo a esto,
tales actividades deben ser ejercidas por entidades publicas 100% de propiedad
y control del Gobierno, con ciertas excepciones en la generación de energía
eléctrica como se menciona al inicio de este documento.
·
La generación, conducción,
transformación, distribución y abastecimiento de energía eléctrica corresponde exclusivamente a la nación y está a
cargo de la CFE y en menor proporción a LFC, organismos públicos
descentralizados, de acuerdo al articulo 1º de la Ley del Servicio Público de
Energía Eléctrica.
·
La CFE es
una empresa altamente regulada, por lo que cambios en las regulaciones o en las
leyes por una reforma eléctrica pudieran tener importantes efectos para la
compañía dependiendo del tipo de reforma.
·
Las
obligaciones de la CFE no cuentan con una garantía o aval explícito del
Gobierno Federal, sin embargo en el pasado se ha evidenciado un soporte
implícito por parte de este mismo.
·
La
estrecha relación que se tiene con el
Gobierno Federal, y la visión social de este al otorgar diversas tarifas
subsidiadas en venta de energía a los usuarios, principalmente residenciales.
·
La CFE esta obligada a hacer un pago de
aprovechamiento al Gobierno Federal por el uso de los activos que utiliza para
prestar el servicio de energía eléctrica. Este pago se determina cada año en
función de la rentabilidad establecida para las industrias paraestatales, la
cual hasta ahora se ha determinado en 9% sobre el valor del activo fijo neto en
operación del ejercicio inmediato anterior, reportado en los estados
financieros dictaminados. Contra este aprovechamiento se podrán bonificar los
subsidios que el Gobierno Federal otorgue a través de la Comisión Federal de
Electricidad, a los usuarios del servicio eléctrico.
Adicionalmente el gasto anual por aprovechamiento se compara contra los subsidios, aplicándose
la diferencia al patrimonio. Estas aplicaciones has sido virtuales, sin que
implique transferencia de recursos en ningún sentido.
La SHCP, oyendo la opinión de la SENER, fija las tarifas en función de las necesidades financieras y de expansión del servicio de la CFE, previa solicitud de la misma CFE y de la SENER, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica
.
La CFE mantiene una
participación del 95% en la transmisión y 80% en la distribución de energía eléctrica
en México, teniendo Luz y Fuerza del Centro el resto, así como el 90% de la
generación directa en México. Tanto la transmisión como la distribución ha
mostrado crecimiento durante los últimos años. En el período de 1995 a 2002 la
longitud de líneas de transmisión a mostrado un crecimiento anual compuesto de
3.68% y la capacidad en subestaciones medidas en MVA creció a una tasa media
anual de 4.49%. Para este mismo período la longitud de líneas de distribución a
tenido un crecimiento de 2.5% anual.
·
La
electricidad es uno de los bienes mas indispensables para toda actividad:
hogar, servicios, comercio, industria,
agrícola etc.
·
Durante 1995 a 2002 la
capacidad instalada de generación de CFE ha evidenciado en promedio un
crecimiento del 3.29% anual.
·
En opinión de Fitch, la
perspectiva de crecimiento en la demanda de energía eléctrica en los
próximos años, deberá mostrar un
comportamiento similar al crecimiento de los últimos años.