Fitch otorga la máxima calificación crediticia a una emisión de Certificados Bursátiles de Corto Plazo de FONACOT

 

 

Monterrey, N.L. (Noviembre 18, 2004) Fitch asignó la calificación de F1+(mex) una Emisión de Certificados Bursátiles de Corto Plazo (“CB’s”) emitidos por Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo (“Nafin”) en calidad de fiduciario sobre los derechos de cobro de una cartera de créditos para el consumo de diversos bienes y servicios (“Créditos”) originada por el Fondo de Fomento y Garantía para el consumo de los Trabajadores (“Fonacot”) por un monto de hasta $500,000,000.00 (Quinientos millones de pesos, 00/100 M.N.) a un plazo de aproximadamente seis meses. Esta emisión se realiza al amparo de un Programa de  Certificados Bursátiles de Corto Plazo implementado por el Fideicomiso 80354, mismo que se encuentra inscrito en la Sección de Valores del Registro Nacional de Valores.

 

El significado de la calificación asignada es el siguiente:

 

  F1+(mex)

Alta calidad crediticia. Indica la más sólida capacidad de pago oportuno de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones domésticas. Bajo la escala de calificaciones domésticas de Fitch México, esta categoría se asigna a la mejor calidad crediticia respecto de todo otro riesgo en el  país, y normalmente se asigna a los compromisos financieros emitidos o garantizados por el gobierno federal. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo “+” a la categoría.

 

Fonacot fue creado en 1974 con el propósito de otorgar financiamientos a los trabajadores para la adquisición de bienes de consumo y la obtención de servicios. Es un Fideicomiso público establecido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público operado a través a Nafin. El Comité Técnico del Fonacot es tripartita (Gobierno Federal, Sector Laboral e Iniciativa Privada). Una de las principales facultades del Fonacot se establece en el artículo 132 Fracción XXVI de la Ley Federal del Trabajo vigente la cual establece el derecho del Fonacot y la obligación del patrón el descontar de la nómina del trabajador para cubrir el crédito previamente contratado. Lo anterior convierte a Fonacot en la única institución que por ley tiene derecho al descuento por nómina  para el pago de bienes y servicios adquiridos a crédito por los trabajadores.

 

Para el cierre de 2004 se espera que Fonacot otorgue alrededor de 600,00 créditos equivalentes a un monto de $4,600 millones de pesos, incrementando de manera importante el número de créditos ejercidos con respecto a  años anteriores. Durante los últimos cuatro años el nivel de otorgamiento de crédito muestra una Tasa Media de Crecimiento Anual (“TMAC”) del 34.1%. Considerando un mercado potencial para el 2005 de más de 7 millones de trabajadores las posibilidades de crecimiento de Fonacot son muy amplias. Este crecimiento está sustentado en el importante aumento en la incorporación de nuevos Centros de Trabajo como de la afiliación de nuevos Distribuidores. Previendo este gran dinamismo Fonacot incursionó exitosamente en el mercado bursátil en septiembre del año anterior bajo un esquema de bursatilización el cual se ha convertido en una fuente de fondeo eficiente y recurrente.

 

La calificación otorgada por Fitch está sustentada principalmente en los siguientes argumentos:

 

a)       Estar debidamente documentados.

b)       Tener por lo menos un pago efectuado por el Trabajador.

c)       Contar con máximo un pago no realizado por el Trabajador.

d)       Haber realizado el pago mensual correspondiente al mes previo a la fecha en sean cedidos al Fideicomiso.

e)       Considerar que los flujos para la valorización de la emisión serán aquellos que amorticen antes del vencimiento de la misma.

f)         No podrán ser objeto de: i) reestructura, ii) procedimiento judicial, o iii) compensación alguna ni garantía de pago de cualquier otra obligación del Cedente.

g)       Deberán contar con Seguro de desempleo, invalidez temporal, invalidez permanente y muerte. Este seguro de hasta tres meses del pago del crédito y en algunos casos hasta la totalidad del saldo  insoluto del crédito.

a)       Ningún centro de trabajo representará más de 2% de la cartera cedida.

b)       Ningún estado de la República deberá concentrar más del 15% de la cartera cedida, salvo el Distrito Federal que podrá representar hasta el 25%.

 

 

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http://www.fitchmexico.com