Fitch Ratings califica con AAA(mex) los financiamientos municipales del Estado de Durango contratados con Banobras,  respaldados con ingresos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social

 

 

Monterrey, N. L., (Julio 15, 2008) Fitch Ratings asignó una calificación de AAA(mex) ‘Triple A en la escala nacional’, a los créditos bancarios a contratarse por cualquiera de los 39 municipios que conforman el Estado de Durango con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C. (Banobras), por un monto global de hasta aproximadamente $250.0 millones de pesos. Dichos créditos serán respaldados con los ingresos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS, Fondo III del Ramo XXXIII), a través de un fideicomiso irrevocable de captación, administración y fuente de pago (Fideicomiso).

 

A partir de diciembre de 2006, los estados y municipios mexicanos pueden afectar hasta el 25% de los recursos que anualmente les corresponden por concepto del FAIS para garantizar o servir las obligaciones financieras que contraigan. Adicionalmente, desde diciembre de 2007, si las obligaciones son pagaderas en dos o más ejercicios fiscales, para cada año podrá destinarse al servicio de las mismas, lo que resulte mayor entre aplicar el porcentaje antes mencionado a los recursos correspondientes al año de que se trate, o los recursos equivalentes al año en que las obligaciones fueron contraídas.

 

Mediante los Decretos 87 y 130 publicados el pasado 22 de mayo y 6 de julio respectivamente, la Legislatura del Estado de Durango autorizó a los municipios el contratar empréstitos y afectar un monto anual equivalente hasta el 25% del derecho de los ingresos que les corresponden en el FAIS de 2008, ajustado por los meses transcurridos de 2008 y los posteriores a la fecha límite, por un plazo que no exceda los respectivos períodos de administración municipales (2008-2010) y con fecha límite un mes antes de que concluyan dichos periodos (31 de julio de 2010). Asimismo, en el Decreto 130 se exentó a los municipios del requisito de dictaminar sus estados financieros, aspecto contemplado en la Ley de Deuda del Estado. Conforme a dicha autorización, se constituirá el Fideicomiso mencionado, para que cumpla dos funciones: en una primera etapa, se constituye como un mecanismo de captación del 100% de los flujos del FAIS que periódicamente envía la Tesorería de la Federación (TESOFE). Posteriormente, en caso de que un municipio contrate un crédito, se activa la segunda etapa, en la cual el Fideicomiso funciona como fuente de pago de dicho financiamiento. Cabe mencionar, que el Fideicomiso abre y mantiene cuentas individuales para cada financiamiento inscrito en el mismo, a las cuales abona y carga periódicamente las cantidades que procedan para el servicio de la deuda. Adicionalmente, se establece que en caso de insuficiencia de recursos en las cuentas individuales, existe la obligación para cada uno de los municipios de aportar las cantidades adicionales necesarias para el pago de los financiamientos o sus gastos.

 

La calificación asignada por Fitch cuenta con las siguientes fortalezas:

-- La solidez jurídico-financiera del Fideicomiso y de los contratos de crédito

-- La fortaleza de la instrucción irrevocable por parte del Estado a la TESOFE, para que este última deposite directamente al Fideicomiso el 100% de los recursos del FAIS

-- El alto grado de calidad del activo (FAIS) que se utiliza como fuente de pago de los créditos, el cual tiene una muy favorable trayectoria de certidumbre en su generación, así como respecto a la oportunidad con que se recibe

-- Las características de los créditos, las cuales contemplan una tasa fija y pagos iguales durante la vigencia del crédito, disminuyendo sustancialmente la exposición a riesgos de mercado

-- El plazo de los créditos (vencimiento en julio de 2010) que no excede los actuales períodos de administración.


-- La restricción que se establece sobre el destino de los recursos que se obtengan a través de los financiamientos contratados, mismos que deben dirigirse a fines idénticos a los autorizados para los recursos del FAIS, lo cual mitiga el riesgo relacionado con la calidad crediticia de los municipios acreditados, al tratarse de un recurso etiquetado

-- La posibilidad de que; hasta por tres ocasiones durante la vida de el crédito no se generaran intereses moratorios (ni ordinarios adicionales, se paga sólo lo estipulado en anexos) si la obligación vencida se liquida a más tardar en la fecha de pago inmediata siguiente

--  El establecimiento de un fondo de reserva por un monto de $850.0 mil pesos para pago del fideicomiso y otros gastos.

 

Todos los créditos cuentan con las mismas características, entre las que se encuentran: a) el acreedor en todos los casos será Banobras; b) el monto del servicio de la deuda está limitado a tres veces el 25% del FAIS presupuestado para 2008, descontando los meses transcurridos de 2008 y el período julio - octubre de 2010; c) su denominación es en pesos; d) tasa fija; e) el plazo no excederá el 31 de julio de 2010; f) una periodicidad de pagos igual a la establecida para las transferencias del FAIS por parte de la TESOFE; y g) perfil de amortizaciones de capital creciente (pago fijo mensual igual de servicio de deuda). Por último, los recursos obtenidos únicamente podrán destinarse a los fines establecidos para el FAIS en la propia LCF, es decir, al financiamiento de inversiones que beneficien directamente a la población que se encuentre en condiciones de rezago social y pobreza extrema.

 

El FAIS se creó en 1998, como parte de un nuevo sistema de aportaciones fiscales a gobiernos locales, conocido desde entonces como el Ramo XXXIII. Dicho fondo (FAIS) se determina anualmente con recursos federales por un monto equivalente al 2.5% de la recaudación federal participable y se entrega mensualmente por partes iguales en los primeros diez meses del año; a los estados, por conducto de la Federación, y a los municipios a través de los estados. La Federación distribuye el FAIS entre los estados considerando ciertos criterios de pobreza extrema, que posteriormente utilizan la misma fórmula y procedimiento para distribuirlo entre sus municipios. El FAIS municipal en Durango presentó una tasa media anual de crecimiento (tmac) de 10.4% en el período 2000-2007, nunca ha disminuido en términos nominales, registrando solamente una disminución de 2.3% en términos reales en 2003. En 2007 el crecimiento anual del FAIS fue de 7.6%, mientras que el presupuesto de 2008 proyecta ingresos por $548.2 mdp para los municipios. De 2000 a la fecha, sólo ha existido una diferencia entre lo presupuestado anualmente y lo efectivamente enterado en 2006 en que se recibieron $4.0 pesos menos a lo programado. En forma mensual, las únicas diferencias en la distribución histórica del FAIS se registraron en enero de 2004, cuando la Federación entregó a los municipios $0.4 mdp más de lo programado, monto que se descontó en la siguiente ministración y en octubre de 2006 en que se recibieron $4.0 pesos menos de lo presupuestado. Asimismo, en cuanto a la oportunidad en la recepción de los recursos, solamente se han presentado dos retrasos uno de 2 días en enero de 2000 y otro de 7 días en el mes de enero de 2001. Cabe mencionar, que de presentarse cualquiera de estas eventualidades, el contrato de crédito contempla mecanismos para mitigar dicha contingencia.

 

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